lunes, 7 de mayo de 2012

¡Razones, sentencias y ejecuciones!



Descartes, afirmaba que “no hay nada repartido de modo más equitativo que la razón: todo el mundo está convencido de tener suficiente”, pero como ello es imposible, creo que nuestra sociedad funcionaría mejor, si en lugar de haber recibido “tanta razón”, nos hubieran repartido la capacidad de razonar de manera correcta a través de la construcción de argumentos sólidos.

Un Estado Constitucional de Derecho, que es el que tratamos de construir día a día, tiene como garantía constitucional el debido proceso a favor de todos los justiciables.  El debido proceso comprende cuatro derechos fundamentales: el derecho de acción, el derecho de defensa, el derecho a recibir una sentencia que resuelva el fondo de una controversia y, el derecho a que las decisiones judiciales sean ejecutadas en sus propios términos.  Es inútil para un justiciable seguir todo un proceso judicial si es que lo decidido no se puede cumplir, porque la parte vencida decide resistirse por la vía de los hechos.  Si una parte pretende incumplir una decisión judicial, el Juez hará uso de los apremios que el sistema jurídico le otorga.

Muchos justiciables, que no aceptan haber perdido un proceso judicial, se quejan por las facultades que tienen los jueces en ejecuciones de sentencia, ignorando que dichos poderes otorgados por la Constitución y la Ley, no son para hacer más importantes a los jueces, sino que existen para garantizar el pleno respeto de los derechos de todos los ciudadanos; es decir, que ejecutar una sentencia es un acto que beneficia a la colectividad, en tal sentido nadie puede interponerse entre una sentencia que tenga la calidad de cosa juzgada y su ejecución.

Quien no cumple una sentencia, muchas veces parte de la idea de que es él quien tiene la razón y es injusto lo que pasa.  Eso es un error.  Al momento de sentenciar una causa, los jueces razonan sobre las pruebas que presentaron las partes en un proceso.  Asumamos que “A” considera que un Juez se equivocó al resolver una causa en su perjuicio; entonces el propio sistema de justicia le da la oportunidad de cuestionar dicho fallo, apela y resulta que 3 Jueces Superiores le niegan nuevamente la razón a “A”; éste molesto decide interponer un recurso de casación y 5 Jueces Supremos le niegan la razón por tercera vez. “A” se siente furioso por lo sucedido y puede ser que su abogado le hable de la injusticia del Poder Judicial, y termine creyendo ello; pero, una pregunta, si son en total 9 magistrados que dijeron no a “A” y solo su abogado es quien le da la razón, no sería razonable que “A”, antes de formular acusación alguna, reflexione sobre si tiene la razón o si es que de manera adecuada se realizó su defensa judicial. Suele ser más difícil que 9 se equivoquen y uno tenga la razón, pero puede suceder; sin embargo lo que más raramente sucede es reconocer que uno no tiene la razón. ¡Cuántas veces consideramos que lo malo que nos pasa no es culpa nuestra, sino de terceros!

No es que los jueces seamos infalibles, pero se ejerce la función motivando las decisiones y, está en la parte en ayudar a que su defensa judicial sea mejor razonando, argumentando y ofreciendo los medios probatorios que ayuden al juez a tomar mejores decisiones.  No es suficiente creer que uno tiene la razón.

Entonces amigo lector, si va conduciendo por una carretera y escucha en la radio que un locutor desesperado advierte “tengan cuidado que por la carretera está yendo un auto en sentido contrario” y usted observa que no es uno, sino que son muchos, no diga: “que va, no es uno son varios”; primero mire a su entorno, reflexione, que lo posible es que sea Usted quien está en el sentido equivocado.  Las sentencias, que tienen calidad de cosa juzgada, deben cumplirse aún cuando no gusten, pues es la base de un Estado Constitucional de Derecho y cada vez que se ejecutan, es en beneficio de toda la colectividad aunque algunos así no lo vean.  No hagamos más difícil la convivencia social con falsas rebeldías.

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