Cuando uno lee la carta titulada “Yo acuso” de Emilio Zolá, no puede
dejar de admirar el estilo directo de quien efectúa un alegato a favor de la
inocencia del capitán Dreyfus. Dicha
carta del siglo XIX, es un ejemplo de que acusar no era el ejercicio de una
verborrea incontenible y ataques al oponente, sino que contiene argumentos por
los cuales se cuestiona la condena al capitán Dreyfus, haciéndola pasar como
injusta y, a quienes lo condenaron, como encubridores.
Si bien es cierto los tiempos cambian, existen necesidades que no; una
de ellas es la justicia. Sí, todos requerimos justicia; sin embargo, el
concepto de justicia, que se define como dar a cada quien lo que es suyo, se ha
convertido en la creencia personal de que es justo lo que uno necesita o quiere;
por tanto, no es raro que lo que cada a uno le conviene, sea lo justo! “Lo justo Tío Pacori” es
una forma de decir, lo justo según me conviene.
Cuando un juez procura impartir justicia, escucha a ambas partes, que
hacen afirmaciones contradictorias sobre los mismos hechos, lo que evidencia que
uno de los litigantes no está en lo cierto; y el Juez, como ser humano así lo
presiente; pero, recién cuando valora las pruebas del proceso forma
convicción de ello. Existen litigantes
que al contar sus historias, presumen que los jueces se creen las
teatralizaciones de las partes; si por la función que desempeñamos nos quedamos
en silencio escuchando, es una situación diferente. Entonces, cuando se oyen historias que
empiezan con “no conté lo que dicen que
conté y que aparece que conté pero que recién ahora me doy cuenta que me
hicieron contar”, presentimos que estamos frente a un cuento y las pruebas del
proceso lo suelen demostrar así.
Entonces no es raro que la parte que considera que las palabras son su
mejor defensa y no las pruebas que tiene que ofrecer, pierda los procesos y en
lugar de rebatir las decisiones, a veces busca consuelo en la OCMA u ODECMA,
creyendo con error que con sus quejas variarán el sentido de una resolución
judicial. La OCMA/ODECMA sancionan
inconductas funcionales, pero no varían resoluciones judiciales. Si un Juez y/o servidor judicial merecen ser
sancionados, que así lo sean; pero para ganar un caso, la parte, debe argumentar sobre razones
y pruebas. Si el Juez está en falta, denunciarlo
hará que lo sancionen, y eso se acepta, se aprende y se sufre en silencio; pero, eso no ayuda a ganar un proceso. Así
que reflexione, pues si sólo se dedica a quejar jueces y servidores
jurisdiccionales no ganará sus juicios.
También hay litigantes que sin razón alguna, por tener sentencias
ejecutoriadas en su contra, cuentan historia ajenas al proceso y lamentándose,
critican jueces y honras. ¡El juez no sabe, el juez no entiende, lo
han comprado, no es verdad lo que dice, me quejo!. ¿No sería mejor que, esta parte, explique adecuadamente y pruebe los hechos que le favorecen? Las personas a fuerza de contar sus historias
aun no ciertas terminan creyéndolas; ese fenómeno psicológico se llama disonancia
cognitiva, que es asumir como verdaderos historias y principios, que sabíamos en un principio falsos. Nadie dice de sí mismo que es
malo y menos que está en procesos judiciales porque están en falta. Toda excepción confirmará eta regla. Como sociedad nos irá mejor, si es que en
lugar de hablar mal de las personas que ven nuestros problemas, atacamos
nuestros problemas.
Entonces amigo lector, acuse con la fuerza de sus razones (no significa
gritar, pues a veces los litigantes hablan tan fuerte, que es imposible
escuchar qué dicen), exponga qué errores tiene la actuación del juez y las
resoluciones que expide. Un Juez no ha
sido comprado por la otra parte, si es que piensa diferente a usted. Ahora, si
el Juez está en inconducta funcional, quéjelo con pruebas y razones; pero antes,
piense si lo hace porque no le dieron la razón o porque en verdad cree que el
Juez no actúa conforme a Ley.
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